viernes, 20 de noviembre de 2009

LAS SOCIEDADES EN GENERAL

SOCIEDAD MERCANTIL

De acuerdo con nuestro derecho la sociedad mercantil nace en la vida juridica como concecuencia de un contrato. la sociedad mercantil (SM) es el resultado de una declaracion contractual basado en los contratos, sus fundamento legal se encuentra en la LGSM.

ELEMENTOS DE VALIDES

Una es la forma: darle formalidad al contrato
capacidad: deben ser personas mayores de 18 años y que gosen de buena salud mental
Ausencia de abisos de concentimiento: no debe de existirb dolo, volencia, ni herror.

SOCIEDAD MERCANTIL

1.- Las sociedades mercantiles con personalidad juridica, es una institucion creada en el derecho moderno. en las ciudades antigua( egipto, grecia, babilonia y roma) lo que se conocia era el contrato de asociacion.


2.- La ley general de sociedades mercantiles, en su articulo 1ro fraccion VI, ultimo apartado, y 213 a221 reconoce una categoria especial dentro de la clacificacion de las sociedades.
las sociedaes mercantiles deben construirse ante notario publico, es desir, en escritura publica y en la misma forma hacer constar sus modificaciones.

EL PROCEDIMIENTO DE LA INSCRIPCION AL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO

yebar un orden judicial como resutado de una solisitud que se forma ante jusgado de distrito ante el jues de primera instancia.

* debe ser una solisitud ilicita o ejecute habitualmente actos ilisitos.
* nombres, nacionalidad y domisilio de las personas fisicas y morales que constituyan una sociedad.
* el objeto de la misma.
* rason social o denominacion
* duracion
* importe al capital social
* la exprecion que los socios aporten de dinero o en otros bienes
* domisilio de la sociedad
* la manera de como se aya de administrarse la sociedad.

lunes, 14 de septiembre de 2009

ENLACES DERECHO MERCANTIL

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glosario.

Abogar: Ejercer como abogado. Defender o acusar con tal carácter en la jurisdicción civil o en la penal. En general, apoyar, sustentar.







Absolución de Demanda: Resolución judicial q definitivamente desestima la pretensión contenida en la demanda del actor y libera de ella al demandado (Coutere)

Acción reivindicatoria: Aquella q tiene por objeto el ejercicio, por el propietario de una cosa, de los derechos dominicales, a efectos de obtener su devolución x un 3ro q la detenta


Aceptación de mandato: La q hace el mandatario con respecto al mandato le confiere el mandante. Esta aceptación puede ser expresa o tácita.


Aceptación de Poder: Acto corriente en la actividad judicial x el cual el procurador toma la representación del poderdante en la tramitación de asuntos q se han de seguir ante los tribunales de Justicia.

Amparo: Institución q tiene dentro d las normas de Derecho Político o Constitucional y q va encaminada a proteger la libertad individual o patrimonial d las personas cuando han sido desconocidas o atropelladas x una autoridad, cualquiera q sea su índole, q actúa fuera d sus atribuciones legales o excediéndose en ellas, generalmente vulnerando las garantías establecidas en la Constitución o los Derechos q ella protege

Antejuicio: Trámite previo, para garantía d jueces y magistrados, y contra litigantes despechados d un inmueble y autorizándolo a percibir los frutos p imputarlos anualmente sobre los intereses del crédito.



Apelación: En los procedimientos d las distintas jurisdicciones, sinónimo y abreviación d Recurso de Apelación.
Derogación: dejar sin efecto o suprimir parcialmente una ley; pero, comúnmente, se usa d abrogar o suprimir la ley en su totalidad. Derogación, entonces es el acto d proceder, mediante disposición posterior, a dejar sin efecto, en todo en todo o en parte, un precepto jurídico precedente.







Abrogación: Abolición y derogación.






Guardador: Adj. Que Guarda. Miserable, apocado. Tutor.






Legitimación: Por expresa previsión y facultad de ley, conversión de un hijo ilegitimo a legítimo






Mandato: Orden, disposición imperativa... Encargo o comisión. Representación. En Derecho Civil, contrato que tiene lugar cuando una parte da a otra parte el poder, que ésta acepta, para representarla al efecto de ejecutar en su nombre y por su cuenta un acto jurídico o una serie de actos de esa naturaleza
Lícito: Legal. Justo. Permitido social, moral o religiosamente. Razonable.  




Litigar: Promover un juicio contencioso. Oponerse a una demanda judicial. Pleitear.



Litigio: Contienda Judicial entre partes en la q una d ellas mantiene una pretensión a la q la otra se opone o no satisface. Llamase también litis, juicio, pleito, proceso.



Litisconsorcio: Actuación conjunta d diversas personas en una juicio, ya intervengan como actoras, ya como demandadas. Cuando varios demandantes actúan frente a un demandado, el litisconsorcio se denomina activo; cuando el actor procede con varios demandados el litisconsorcio se denomina pasivo, y cuando varios demandantes entablan acción frente a varios demandados el litisconsorcio se denomina mixto. Se trata de un procedimiento encaminado a simplificar el litigio y a asegurar una resolución uniforme.

Legitimación adoptiva: Con esta designación se conoce en la doctrina la ficción legal q lleva a considerar como hijo legítimo al q no lo es x naturaleza; es decir, a quien no ha sido engendrado por lo que aparecen como sus padres, sino al amparo de la adopción.




Lícito: Legal. Justo. Permitido social, moral o religiosamente. Razonable.



Litigar: Promover un juicio contencioso. Oponerse a una demanda judicial. Pleitear.



Litigio: Contienda Judicial entre partes en la q una d ellas mantiene una pretensión a la q la otra se opone o no satisface. Llamase también litis, juicio, pleito, proceso.



Litisconsorcio: Actuación conjunta d diversas personas en una juicio, ya intervengan como actoras, ya como demandadas. Cuando varios demandantes actúan frente a un demandado, el litisconsorcio se denomina activo; cuando el actor procede con varios demandados el litisconsorcio se denomina pasivo, y cuando varios demandantes entablan acción frente a varios demandados el litisconsorcio se denomina mixto. Se trata de un procedimiento encaminado a simplificar el litigio y a asegurar una resolución uniforme
 
Litisconsorcio: Actuación conjunta d diversas personas en una juicio, ya intervengan como actoras, ya como demandadas. Cuando varios demandantes actúan frente a un demandado, el litisconsorcio se denomina activo; cuando el actor procede con varios demandados el litisconsorcio se denomina pasivo, y cuando varios demandantes entablan acción frente a varios demandados el litisconsorcio se denomina mixto. Se trata de un procedimiento encaminado a simplificar el litigio y a asegurar una resolución uniforme.












Pretensión: Petición en general. Derecho Real o ilusorio que se aduce para obtener algo o ejercer un título jurídico. Propósito, intención.



Punibilidad: Situación en q se encuentra quien, por haber cometido una infracción delictiva, se hace acreedor a un castigo. Sin embargo, hay circunstancias en q, aun existiendo la infracción penal y su autor, éste no puede ser castigado por razones previamente determinadas x el legislador.



Punible: Acción u omisión, proceder al q la ley señala una pena. El q ha incurrido en un acto penado.



Punición: Castigo o represión.



Jurisdicción: Iurisdictio (Administración del Derecho) Acción d administrar el derecho, no d establecerlo. Es pues, la función específica d los jueces. También la extensión y limites del poder juzgar, ya sea x razón d la materia, ya sea x razón del territorio, si se tiene en cuenta q cada tribunal no puede ejercer su función juzgadora sino dentro d un espacio determinado y del fuero q le está atribuido. En este último sentido se habla de Jurisdicción Administrativa, civil, comercial, correccional, criminal, laboral, etc
Competencia: Atribución legitima a un juez u otra autoridad para el conocimiento o resolución d un asunto. Coutere la define como medida de jurisdicción asignada a un órgano del Poder Judicial, a efectos d la determinación genérica d los asuntos en q es llamado a conocer x razón d la materia, de la cantidad y del lugar. Las llamadas Cuestiones de Competencia Se ocasionan cuando 2 d ellos creen q les pertenece entender un asunto determinado. Rivalidad mercantil o Industrial.








Remoción: Por mal desempeño u otra circunstancia negativa, privación de cargo o empleo. Suele referirse a puestos más o menos transitorios, por ejercicio de funciones como las d albaceas, tutores, síndicos y administradores

Acción de remover o removerse.



Reputar: Estimar o hacer concepto de las calidades o estado [De una Persona o cosa] a alguno por honrado.



Tasación: Valoración. Fijación de los precios máximos y mínimos de determinados productos por parte del Estado.



Gravar: Cargar una finca con impuestos en mucho



Ausente: Adj. Que está separado de alguna persona o lugar. Distraído, ensimismado. Persona d quien se ignora si vive todavía, y dónde está.



Revocar: Anular [Una autoridad Superior] una orden o fallo. Apartar, disuadir [a Uno] de un designio. Hacer retroceder [Ciertas cosas]



Revocatorio: Que revoca o invalida.



Fuero: Jurisdicción, poder. Nombre d algunas comulaciones de leyes. Privilegio y exención q se concede a una provincia, ciudad o persona.



Casación: Acción de casar o anular.



Cuantía: Suma de cualidades o circunstancias q enaltecen a una persona o la distinguen d las demás. Valor de la materia litigiosa.



Inadmisible: No Admisible.



Juridicidad: Tendencia o criterio al predominio d las soluciones de estricto derecho en asuntos políticos y sociales.



Contencioso: Adj. Que, por costumbre, contradice o disputa todo lo que otros afirman. Litigio; asunto litigioso o conflictivo. Adj. Der. [Materia] Sobre que se contiende en juicio, o [Forma] en que se litiga. Der. [Negocio]Sujeto a al juicio de los tribunales en contraposición a los llamados administrativos. V. recurso contencioso-administrativo.
Caución: Prevención, cautela. Der. Dar seguridad personal de que se cumplirá lo pactado, prometido o mandado. Precaución y garantía.




Concesión: Acción de conceder y de ceder en una posición ideológica o en una posición adoptada. Der. Otorgamiento gubernativo a favor de particulares o de empresas



Impugnación: Acción de impugnar. Facultad otorgada en un proceso o en cualquier otro acto jurídico para obtener la revisión de una sentencia.



Suplido: Anticipo que se hace por cuenta y cargo de otra persona, con ocasión de mandato o trabajos profesionales.



Sufragio: Voto (En una Asamblea). Sistema electoral para la provisión de cargos: Restringido, aquel en q se reserva el voto para los ciudadanos que reúnan ciertas condiciones; Universal, aquel en que con contadas excepciones tienen derecho a votar todos los ciudadanos

LINEA DEL TIEMPO DEL DERECHO MERCANTIL.

ORIGEN  DEL COMERCIO.-
- SE ENCUENTRA EN EL TRUEQUE
- NO PUEDE SER CALIFICADO DE MERCANTIL

- TIENE CONCECUENTE EL COMERCIO

- EL CAMBIO EN EL QUE APARESE LA FIGURA DEL COMERCIANTE.
DERECHO DEL COMERCIO.-
- APARICION DE LAS ACTIVIDADESCOMERCIALES
- SE PUEDEN ENCONTRAR ANTECEDENTES EN EL DERECHO MERCANTIL.
LEYES RODIAS
- ERA HABITADA POR UN PUEBLO ELENO
- SE DISTINGE POR SU LEGISLACION

- REGULABAN EL COMERCIO MARITIMO

- ANTONINO EMPERADOR ROMANO

- HA PERDURADO HASTA LA ACTUALIDAD.
LOS PUEBLOS ANTIGUOS
- SE REALIZA DE PUEBLO A PUEBLO


- EL DERECHO PRIMITIVO ES INTERNACIONAL

- LOS EGIPCIOS SE CARACTERIZARON POR SU ACTIVIDAD MERCANTIL

- LOS GRIEGOS A LOS PRESTAMOS

- MUESTRA COMO SE BA FORMANDO EL DERECHO MERCANTIL
DERECHO MERCANTIL ROMANO
- SON DE CARÁCTER INTERNACIONAL
- EN ROMA NO EXISTEN CONJUNTOS DE NORMAS

- SERVANTES AUMADA DICE QUE EXISTEN TRES CLASE

- PERMITIA A LOS TERSEROS QUE HACIAN ALGUN ACTO COMERCIAL.
DERECHO MERCANTIL MEDIEVAL.
- CADA PUEBLO ELABORA SUS COSTUMBRES PROPIAS
- MERCADERES CREARON SUS PROPIOS .
DERECHO MERCANTIL MEXICANO.
- SURGE EN EL SIGLO XIX
- CONCISTE EN GRUPOS DE PERSONAS PARA REALIZAR UNA ACTIVIDAD

- CONTABAN CON GRAN CAPECIDAD .
CORPORACIONES
- SE DIVIDE EN TRES 1.- PREISPANICA: Existe un sistema jurídico


2.-COLONIAL : sustituido por el orden jurídico
3.-INDEPENDIENTE:la vida independiente de México siguió vigente

jurisprudencia del derecho mercantil,

La jurisprudencia se define  segun pone Gomes 1997 como la interpretacion juridica de la  ley que hacen los  tribunales y como la resolucion ala contradicion de tesis y sentencias.
los tribunales juzgados o salas que mexico tiene y nos apoyan para el derecho mercantil son :
1.- suprema coprte de justicia.
2.-tribunales federales.
3.- colegados de circuito.
4.-tribunal de justicia fiscal  y administrativa.
4.- tribunal elecoral de poder   judicial de la federacion .
5.-consejo de judicatura federal.
6.- juzgado primero de jurisdiccion.
7.-   tribunal constitucional.